Artículo 15º - RESPUESTA. La información solicitada será entregada por la Autoridad de Aplicación en el formato que establezca la reglamentación de la presente. La información podrá ser brindada en el estado en que se encuentre al momento de efectuarse la petición, no teniendo los sujetos obligados el deber de procesarla o clasificarla.
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Descargar Artículo 15. Respuesta (.doc)
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DEBATE COLABORATIVO #AccesoAlaInfo
Acepto que los sujetos obligados no tengan el deber de procesar la información, pero sí deberían tener el de clasificarla y archivarla adecuadamente.
Nombre: Martina Jaques Fecha: 14 octubre
Es importante dejar establecido que una vez que un ciudadano haga un pedido de acceso a información pública, en un plazo de XX días, ésta se suba a la plataforma de datos y se ponga a disposición de toda la ciudadanía, en formato libre y reutilizable.
Nombre: Virginia Uranga Fecha: 14 octubre
¿Qué ocurre ante la falta de respuesta del sujeto obligado? ¿O si la respuesta es parcial, ambigüa o fuera de término?.
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DEBATIR SOBRE 15. RESPUESTA