Debate sobre

Acceso a la Información Pública




IN DUBIO PRO PETITOR

Artículo 8º - IN DUBIO PRO PETITOR. La interpretación de las disposiciones de esta Ordenanza, en caso de duda, debe ser efectuada siempre a favor de la mayor vigencia y alcance del derecho de acceso a la información pública.

 

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DEBATIR SOBRE 8. IN DUBIO PRO PETITOR


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