Debate sobre

Acceso a la Información Pública




SUJETOS OBLIGADOS - FUNCIONES

Artículo 12º - FUNCIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS. Los sujetos obligados deberán:

a) recibir de la Autoridad de Aplicación las solicitudes de acceso a la información pública;

b) satisfacer en tiempo y forma la demanda del peticionante a través de la respuesta correspondiente;

c) remitir a la Autoridad de Aplicación la respuesta a la solicitud de información pública solicitada conforme los plazos, el procedimiento y demás disposiciones de la presente Ordenanza y su reglamentación.

 

Descargar Artículo 12. Funciones de los Sujetos Obligados (.doc)

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DEBATIR SOBRE 12. SUJETOS OBLIGADOS - FUNCIONES


* requerido


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