15. Reglas para vehículos de transporte de carga
Ningún vehículo podrá exceder las dimensiones que se detallan, comprendida la carga, medio de tracción, toldos o cualquier otro dispositivo que las modifiquen.
Pesos y dimensiones
- Ancho: dos metros con sesenta centímetros (2,60 m.)
- Alto: cuatro metros con diez centímetros (4,10 m.)
- Largo:
- Camión simple: trece metros con veinte centímetros (13,20 m.)
- Camión con acoplado: veinte metros (20 m.)
- Camión articulado: dieciocho metros (18 m.)
- Unidad tractora con semirremolque (articulado) y acoplado: veinte metros con cincuenta centímetros (20,50 m.)
Datos que deben estamparse en los vehículos de carga:
- La identificación y el domicilio, la tara, el peso máximo de arrastre (P. M. A.) y el tipo de los mismos.
Límite máximo de peso total transmitido a la calzada para una formación normal de vehículos: cuarenta y cinco toneladas (45 Tn).
La cifra indicativa de la velocidad máxima que les está permitido desarrollar debe estamparse en la parte trasera del vehículo.
Vehículos especiales para transporte de otros vehículos sobre sí:
Estos vehículos son de circulación restringida y no podrán exceder las siguientes dimensiones:
- Ancho: dos metros con sesenta centímetros (2,60 m.)
- Alto: cuatro metros con treinta centímetros (4,30 m.)
- Largo: veintidós metros con cuarenta centímetros (22,40 m.)
Estas unidades no pueden: circular de noche, ni con tormenta o niebla; ingresar en ciudades sin autorización local.
Cada formación debe llevar en la parte posterior un cartel rígido retrorreflectivo de dos metros (2 m) de ancho por un metro con cincuenta centímetros (1,50m) de alto, como mínimo, con franjas rojas y blancas intercaladas, oblicuas a cuarenta y cinco grados (45°), de diez centímetros (10 cm.) de ancho en el centro, sobre fondo blanco con letras negras la leyenda:
PRECAUCIÓN AL SOBREPASO
LARGO…………m
Cargas indivisibles con exceso de largo
Las cargas indivisibles son las que rebasan las dimensiones del vehículo que las transporta y que por su composición no pueden ser divididas. (Ej. vigas, maquinarias, columnas de hierro o madera, etc.).
Deben transportarse:
- Sobre camión simple y sobre semirremolque se podrán transportar sin permiso cargas indivisibles con saliente trasera hasta un metro, medido desde el plano vertical que contiene el paragolpes trasero.
- Se señalizará con una bandera de cincuenta (50 cm.) por setenta centímetros (70 cm.), a rayas de colores rojo y blanco de diez centímetros (10 cm.) de ancho y a cuarenta y cinco grados (45°) en perfecto estado de conservación.
- Se permitirá, también sin autorización especial, saliente delantera, siempre y cuando ésta no supere el plano vertical que contiene el paragolpes delantero.
- Las salientes mencionadas no podrán superar el ancho del vehículo que las transporta y deberán estar correctamente sujetas para impedir su desplazamiento.
- Los vehículos que tengan saliente podrán circular desde la hora “sol sale” hasta la hora “sol se pone”, o bien en lugares perfectamente iluminados.
- Las cargas con salientes superiores y los vehículos cuyo largo supere el máximo permitido para el tipo de vehículo podrán circular exclusivamente con la autorización de la autoridad vial correspondiente.
Cargas livianas con exceso de largo
Las cargas livianas son aquellas que por su conformación no resultan agresivas (Ej. Pasto, paja, lana, viruta de madera y otras de gran volumen con relación a su peso).
Podrán sobresalir:
- En zona urbana hasta veinte centímetros (20 cm.) de cada lado del vehículo, siempre que en total no exceda los dos metros con sesenta centímetros (2,60 m.) de ancho.
- En zona rural hasta veinte centímetros (20 cm.) del lado derecho solamente, sin exceder el ancho máximo legal permitido.
- De la zona posterior, hasta setenta centímetros (70 cm.) En este caso, deben llevar un panel rígido, de por lo menos un metro por cincuenta centímetros (50 cm.), con rayas oblicuas a cuarenta y cinco grados (45°) de diez centímetros (10 cm.) de ancho, blancas y rojas alternadas, instalado de forma visible desde atrás.
En los límites laterales de las salientes deben tener un tándem rojo visible desde ciento cincuenta metros (150 m.) en condiciones diurnas normales. Los vehículos en estas condiciones deben transitar sólo a la luz del día y a velocidad precautoria.
Autoevaluación de transportes de cargas
Categorías
- Definiciones
- Condiciones de seguridad de los vehículos
- Sistema de iluminación
- Luces adicionales
- Uso de las luces
- Requisitos para circular en la vía pública
- Prioridades
- Adelantamiento
- Giros y rotondas
- Vías semaforizadas
- Prohibiciones
- Restricciones
- Estacionamiento
- Velocidades
- Reglas para vehículos de transporte de carga
- Transporte de personas
- Vehículos de emergencia
- Otras obligaciones
- Conducción segura
- Sistema de señalización vial uniforme