Depósito de materias primas
Local con destino a elaboración y cocina
Depósito de envases vacíos
Baños
Vestuarios
Acceso para carga y descarga

Condiciones de carácter general

  • Estos locales deberán responder a lo definido en el Código de Edificación. Deberán reunir altura mínima 3 m., un lado mínimo de 3 m. y un área mínima de 12 m2.
  • Sus características edilicias y ambientes deberán satisfacer condiciones de seguridad e higiene.
  • Todos los ambientes deberán contar con aberturas de ventilación que aseguren una aireación natural suficiente, condición esta que podrá complementarse mediante la instalación de medios mecánicos.
  • Todas la aberturas deberán contar con elementos interceptores que eviten el ingreso de insectos y roedores.
  • Las instalaciones eléctricas deberán ser embutidas.
  • Todas las personas que se desempeñen en estos locales deberán poseer Documento de Salud Laboral actualizado.
  • Los pisos deben ser lisos, de fácil limpieza, incombustibles e impermeables.
  • Paredes de superficie lisa y de fácil limpieza. En cocina y baño con revestimiento o terminación impermeable, hasta 1.80 m.
  • La comunicación con dependencias sanitarias debe ser indirecta. Tampoco podrá tener vinculación directa con dependencias de vivienda.
  • Baños y vestuarios de acuerdo a la cantidad y sexo de personas que se desempeñan en el local.
  • Deberán contar con servicio de agua potable: fría y caliente a piletas de calidad y tamaño acorde con la necesidad, conectados a desagües reglamentarios.
  • Todos los equipos de cocción deberán poseer medios de evacuación de humos y olores mediante conducto de salida a los 4 vientos.
  • Los productos alimenticios y demás artículos contenidos en estos locales deberán guardar un principio de orden y cuando sse deposite fuera de estanterías u otros muebles deberán existir tarimas de una altura no inferior a los 15 cm. que los aísle del piso.
  • Acceso para carga y descarga con alero de protección que presente un vuelo o proyección de 3 m. como mínimo.

Sala de elaboración

  • Tendrán una amplitud requerida en relación directa con la importancia del establecimiento (Rotisería – restaurante, etc.). Serán satisfactoriamente ventiladas y las aberturas correspondientes estarán provistas de la protección para evitar la entrada de insectos. Las aberturas de paso al exterior estarán provistas de cierre automático. Los pisos serán de material impermeable y las paredes deberán estar revestidas hasta una altura mínima de 1.80, con material similar.
  • Tendrán piletas de uso exclusivo, en número y capacidad necesarios, para el lavado de utensilios, vajillas y demás útiles de trabajo (no destinable para el lavado de ropa) con el correspondiente servicio de agua corriente y conexión a desagüe reglamentario. A cada lado de las piletas habrá dos escurridores, uno para útiles sucios y el otro para material limpio.
  • Sobre los equipos de cocción habrá campana con conductos de extracción a los 4 vientos a efectos de la extracción de gases calientes, humos y olores, debiendo estos y/o las correspondientes chimeneas ser instalados y funcionar conforme a los establecido en el Código de la Edificación y el Decreto 1123 reglamentario de la Ley 7315, el que obliga a la instalación de filtros necesarios, para evitar la contaminación y/o generación de molestias. Los productos destinados a la preparación de comidas deberán depositarse en local separado. Las hortalizas, en estantes protegidos y los productos que requieren frío para su conservación, en heladeras o cámaras frigoríficas.
  • Basuras y residuos deben depositarse en recipientes adecuados con tapas.
  • Cuando las cocinas se construyan en planta baja no podrán tener aberturas que comuniquen con la calle. Se permite únicamente la existencia, con fines de iluminación, de ventanales fijos. No deben instalarse cocinas en los subsuelos.

Comedores

  • Deberán contar con suficiente ventilación natural e iluminación. Sus paredes estarán revocadas y pintadas, se permite el empapelado, siempre que el papel este adherido directamente al revoque y tenga zócalo de madera o de cualquier otro material adecuado a una altura mínima de 1m.
  • Los pisos serán de material impermeable y resistente. Los cielorrasos serán de cemento, yeso, material metálico, fibrocemento u otro material autorizado.
  • Los baños, separados para cada sexo, tendrán la capacidad adecuada al número de mesas.