¿Cómo proceder para solicitar la poda o extracción de un árbol, o el corte de sus raíces?
Los vecinos deben solicitar al municipio autorización para podar o extraer un árbol. Para ello, ingresando al Centro de Atención al Vecino en la web del Municipio de Bahía Blanca, el vecino puede solicitar un turno para la realización del trabajo, justificando los motivos de la solicitud (interferencia peatonal, interferencia vehicular, interferencia con luminarias o carteles, riesgo de caída de ramas, etc.), indicando, además, la dirección de referencia para intervención, las observaciones que quiera formular e, incluso, puede adjuntar una foto del árbol a intervenir.
¿Cuándo el municipio autoriza la realización de las tareas de eliminación, traslado, poda, corte de raíces y ramas?
El Departamento de Parques Municipales autorizará la realización de las tareas de eliminación, traslado, poda, corte de raíces y ramas, sólo cuando:
- Por su estado sanitario o morfológico no sea posible su recuperación.
- Los ejemplares impidan u obstaculicen el trazado o realización de obras públicas cuyos pliegos de licitación debidamente aprobados contemplen el cumplimiento de la presente.
- Obstaculicen la entrada de vehículos en accesos existentes a la fecha de sanción de la presente.
- Sea necesario garantizar la seguridad de las personas y/o bienes, la prestación de un servicio público, la salud de la comunidad y/o la conservación o recuperación del arbolado público.
- Cuando se trate de especies o variedades que la experiencia demuestre que no son aptas para arbolado público en zonas urbanas.
- Cuando la posición del fuste amenace con su caída o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos, viviendas y/o se encuentre fuera de línea con el resto del arbolado existente.
En caso de erradicación de especies arbóreas vivas, la ordenanza establece el procedimiento a seguir por parte del propietario frentista y la obligación de reponer el ejemplar retirado. En caso de incumplimientos, se fijan multas.
¿Qué es el Registro de podadores?
La Ordenanza Nº 18.371 establece la creación del un Registro Permanente de Forestadores y Podadores Urbanos del Partido de Bahía Blanca, en el que deben inscribirse obligatoriamente las personas físicas o jurídicas que se dediquen a dichas tareas en relación con el Arbolado Urbano.
El Municipio dictará anualmente cursos de Podador Urbano, con el propósito de capacitar sobre técnicas adecuadas de preservación forestal, raleo, sanidad, poda, despunte e implantación de nuevas especies adecuadas a cada espacio público.