Reutilizar solicitudes ingresadas

Podés descargar y consultar las solicitudes ingresadas en formatos .json y .csv

Ver en Portal de Datos

Solicitud 1389340

Fecha solicitud:
09-05-2018

Fecha vencimiento:
22-06-2018

Solicitante

Nombre:

Apellido:


Estado

Finalizada


Información solicitada

Información de sueldos por categoria y antiguedad.


Respuesta

14-05-2018
Estimada
La información que solicita está disponible en el Portal de Datos Abiertos del Municipio, que podrá encontrarlo en el siguiente link de acceso directo: http://www.bahia.gob.ar/modernizacion/datosabiertos_sueldos/
Podrá visualizar el presupuesto, gasto, cantidad de empleados utilizando los gráficos que permitirán visualización por jurisdicción, agrupación o situación.
Si se dirige hacia la parte inferior de la página web, encontrará la escala de sueldos (presione el botón “VER” para visualizar el archivo).
Tenga presente la Ordenanza 16792 del Honorable concejo Deliberante, que prohíbe la publicación nominal de los sueldos percibidos por el personal Municipal.
Por otro lado, en cuanto a la antigüedad, el convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, en su artículo 26, dispone: “Antigüedad-Se considerará antigüedad a los años en los que preste servicios un agente en la Administración Municipal. Por cada año de antigüedad en la Administración Pública, se traten de servicios nacionales, provinciales o municipales, se computará un porcentaje del valor de las unidades retributivas asignadas al nivel respectivo, tomando como valor porcentual el tres por ciento (3%) del sueldo de cada agente en su situación de revista desde el 1 de Enero de 2015 conforme Ordenanza 18008 y NO retroactivo.
Este adicional será percibido por todo el personal de planta municipal. Expresamente se exceptúa al personal sujeto a contratos de locación de servicio, asesoramiento, y pasantías.
A los trabajadores de planta permanente reingresantes, se les reconocerá el tiempo trabajado anteriormente, únicamente como antigüedad en la Municipalidad, no así a los efectos de los ascensos.-
La antigüedad del trabajador se establecerá solamente por el tiempo transcurrido en situación de actividad o suspensión preventiva en el orden nacional, provincial o municipal, siempre que, en el caso de la suspensión preventiva, la resolución del sumario declare la inocencia del imputado, o por el tiempo que supere a la sanción aplicada o el sobreseimiento definitivo.”.

Saludos cordiales.