La Tarifa Diferencial para Entidades Religiosas continua vigente sin modificaciones por lo que, si ya han realizado el trámite, no deberán volver a solicitar el beneficio.
La segmentación para la cual es necesario volver a empadronarse es la dirigida a personas físicas, es decir, particulares, por lo que las entidades no se ven afectadas.
En el caso de que el Hogar todavía no haya tramitado el beneficio, les informamos que a partir de Junio de 2019 el trámite de Tarifa Diferencial para Entidades Religiosas se realiza de manera on-line a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Tutorial trámite de solicitud de tarifa diferencial para entidades religiosas
Flujo de trámite donde pueden verse las áreas que intervienen en el proceso administrativo y los datos de contacto correspondientes
Algunas aclaraciones útiles:
Procedimiento a seguir:
“Solicitud de Tarifa Diferencial para Entidades Religiosas”
#Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Trámite para solicitar tarifa diferencial en la factura del servicio eléctrico y/o en la factura de gas natural para usuarios no residenciales.
Allí ingresaran con su número de DNI y N° de trámite (son los 11 números que aparecen al final del DNI).
Luego completarán el Formulario brindado por el Sistema (Formulario Declaración Jurada) con los datos de la entidad y, finalmente, se pedirá Adjuntar la última Factura del servicio por el cual se solicita el beneficio.
*Cabe destacar que el usuario que inicie los tramites sea quien realizará el seguimiento a futuro de los mismos, ya que todos los expedientes quedarán ligados, y el mismo le será solicitado por la plataforma TAD para realizar las consultas.