Conforme la Ley 14357, el impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto a los contribuyentes que tengan ingresos que no superen la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($900.000), será administrado por los Municipios de conformidad a los Convenios de Descentralización Administrativa Tributaria que se celebren en el marco del artículo 10 del Código Fiscal, promoviéndose de esta manera la interacción y colaboración entre los entes gubernamentales, y la redistribución del gravamen.
REQUISITOS y DOCUMENTACIÓN
- Formulario 444N, copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Formulario 444I (anticipo de inicio de actividades), copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Están exceptuados de generar este formulario y abonar el anticipo de inicio de actividades quienes ejerzan profesiones u oficios no organizados en forma de empresa conforme se establece en el Art. 224, párrafo quinto, del Código Fiscal (Ver código fiscal).
- Constancia de inscripción AFIP (Ver constancia).
- Documento de Identidad.
- Impuesto o servicio correspondientes al domicilio fiscal, a nombre del titular (original y copia).
Unipersonales Sociedades de Hecho
- Formulario 444N, copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Formulario 444I (anticipo de inicio de actividades), copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Constancia de inscripción AFIP (Ver constancia).
- Documento de identidad.
- Impuesto o servicio correspondientes al domicilio fiscal, a nombre del titular (Original y copia).
SA, SRL, Cooperativas, otras
- Formulario 444N, copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Formulario 444I (anticipo de inicio de actividades), copia de la presentación en ARBA (Ver formulario).
- Constancia de inscripción AFIP (Ver constancia).
- Contrato Social
- SA: Documento de identidad del Presidente / SRL: Documento de Identidad del Socio Gerente autorizado a firmar.
- Impuesto o servicio correspondientes al domicilio fiscal, a nombre del titular (Original y copia).
Pasos para realizar el trámite
Ingresar al sitio web oficial de ARBA. (http://www.arba.gov.ar/)
Gestionar en dicho sitio web el Alta de Ingresos Brutos (generación de formulario), siguiendo este instructivo.
Confirmar/Validar la casilla de correo informada en ARBA al momento de generar el formulario.
En caso que la inscripción correspondiera a años anteriores al 2019, debe abonar el sellado provincial en la Cooperativa Obrera o en Banco Provincia. Ver excepción establecida en el Art. 224, párrafo quinto del Código Fiscal.
Presentarse en la Municipalidad, Área de Ingresos Brutos, ingresando por Alsina 43, con toda la documentación requerida, para finalizar el trámite de inscripción.
Alta de Ingresos Brutos: por el área de Ingresos Brutos del Municipio, ante la gestión de los tramites indicados y con la presentación de toda la documentación requerida.
Certificado de Domicilio: Junto con el alta se le otorga al solicitante este certificado.
Clave Fiscal: Dentro de las 48 horas de otorgada el alta se le envía un mail al vecino informando su clave fiscal con la que actualizará su DDJJ conforme modificaciones que surjan.
Costo
Sin costo
Hora
7.45 a 13.00 hs.
Dirección
Alsina 43, área Ingresos Brutos.
Teléfono
0291 459 4000 int. 2136