Zonas prohibidas

Artículo 08. Sobre las zonas prohibidas.

  • A partir de la presente ordenanza queda prohibida la instalación de todo tipo de antenas para telefonía móvil con sus diferentes tipos de soportes y estructuras, como así también los sistemas de trunking; en inmuebles donde funcionen establecimientos educacionales, clubes, instituciones intermedias, centros de salud y cualquier otro ámbito de concurrencia masiva de público y en los terrenos lindantes a los mismos.
  • En ningún caso podrán instalarse estructuras soporte ni antenas en inmuebles o zonas declaradas como patrimonio histórico, cultural, artístico como así tampoco en espacios calificados como reservas naturales o ambientales.

7 comentarios en “Zonas prohibidas

  1. RAMON ALFREDO SANZ

    Este es un tema que ocasionalmente aparece en los medios nacionales e internacionales como potencialmente peligroso para la salud y relacionado con la proliferación de determinadas enfermedades. Por otro lado, no parecerían encontrarse evidencias de su perjuicio a la salud a partir de la información publicada por organismos reconocidos. Pero tampoco se afirma rotundamente su inocuidad. Lamentablemente tenemos la experiencia del tabaco el cual se vendió fácilmente muchos años soslayando evidencia suficiente de su carácter perjudicial para la salud. Por ello consulto: ¿La legislación equivalente de países desarrollados (Ej.: Francia, Gran Bretaña, Suecia, Alemania, etc.) establece estas limitaciones ? ¿Lo hacen de la misma manera?. A primera vista parece bueno que los equipos no se encuentren en el mismo inmueble donde estén niños mucho tiempo pero ¿no sería mejor establecer una distancia mínima desde el límite del inmueble de los clubes y demás establecimientos mencionados? Si un club por necesidades financieras vende una pequeña parte de su terreno para instalar una antena no se aplicaría esta prohibición,¿no? Por otra parte, en el club UNO Bahía Club, por ejemplo, se encuentra una antena con dimensiones considerables y no parece estar en el mismo inmueble si bien está al lado del club y a un par de cientos de metros de una escuela. Tal vez los países desarrollados ya hayan hecho los estudios suficientes y se pueda encontrar legislación comparada.

  2. Carlos H. Yañez

    En cualquier marco regulatorio de telecomunicaciones se tiene en cuenta el impacto sobre la vida humana mas allá de la locación donde se emplaza el emisor. Se necesitan parámetros científicos, si se coloca una antena a 300mts de una escuela en forma direccional es tan o mas nociva que una sobre la cabeza omnidireccional.

  3. Es frecuente ver esta limitación para la instalación en lugares próximos a escuelas, hospitales, etc., dado que son lugares donde los concurrentes permanecen varias horas al día. Este mismo criterio deberia aplicarse, mientras no se modifiquen las potencias de emisión habituales en el país, para cualquier sector donde existan viviendas permanentes, puesto que en ningún lugar uno suele permanecer más tiempo que en su propia casa.

  4. Torres Carlos Daniel

    Este es un aspecto de especial sensibilidad, aunque puede dar lugar a confusiones. La existencia de una antena en cualquiera de los inmuebles con los usos indicados, no necesariamente implica una mayor exposición para los receptores que se ubiquen en el mismo, depende de su localización, de su tipología y uso, y de su potencia de emisión. Una antena ubicada fuera del inmueble y fuera de sus linderos, también generará una exposición a las personas ubicadas en los edificios destinados a los usos citados en el artículo.
    Considero que el recaudo para este tipo de situación, está cubierto por los requisitos establecidos en la Resolución OPDS 87/13, tanto a través del cálculo predictivo allí previsto, como por las mediciones de base que exige, y los monitores posteriores que los usuarios o prestadores de servicios deben hacer, así como los controles que el Organimos Provincial efectúe.
    Corresponde a su vez, controlar el aspecto del impacto visual de las instalaciones en los dos puntos que componen el artículo.
    Sin perjuicio de lo expuesto, y atendiendo a que el aspecto específico de la exposición a campos electromagnéticos se encuentra a cargo del Organismo Provincial, nada impide que el municipio resuelva la prohibición de instalación como ha sido planteado.

  5. Patricia Pistoni Sanz

    Esta ordenanza es una ordenanza bastante buena y completa. En lo que respecta a este artículo, cabe señalar que es de suma importancia porque existen diversos casos en todo el territorio de Argentina donde se pudo observar un gran número de personas que enfermaron y que coincidieron con la localización de antenas. Por lo que delimitar que zonas están prohibidas es sumamente necesario para evitar la posibilidad de que ciudadanos puedan enfermarse y luego de lugar a conflictos judiciales.
    Si embargo, creo que sería útil y apropiado relacionar este artículo de la ordenanza con aquél relativo a las instalaciones existentes. En otras localidades se suscitaron problemas porque al determinar las zonas prohibidas en algunos casos ya habían antenas instaladas años anteriores. Entonces, prever en la normativa que se realizará con esas antenas que ya se encuentran instaladas y funcionando en zonas que serán declaradas como prohibidas para la instalación de antenas de acuerdo a esta ordenanza, es sumamente importante para evitar el surgimiento de diversos conflictos sociales y/o judiciales.
    Yo vivo en la Ciudad de Salta Capital, Provincia de Salta, y en un municipio cercano, Municipalidad de General Güemes (a 30 o 40 kms de distancia de donde vivo), surgió un problema judicial por la Ordenanza 299/10 que establecía en su artículo 6 que las antenas que estuvieran localizadas en zonas restringidas debían ser erradicadas por su titular en el plazo de 60 días. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta, el 1/4/15 confirmó lo decidido en primera instancia en cuanto rechazo el planteo de las empresas prestadoras del servicio de telefonía, encomendando a ambas partes (Municipio y empresas) que coordinen acciones a fin de que el reemplazamiento de las antenas instaladas en la estructura soporte de Telecom Argentina de la referida localidad se efectúe en un espacio o predio apto para la prestación eficiente del servicio.
    Es decir, que sería oportuno que en la ordenanza ya se prevea que solución se les darán a situaciones análogas, por ende incluir en este artículo otro párrafo donde se prevea que las antenas que hayan cumplido con el estudio exigido por la presente ordenanza, pero que se encontraran localizadas en zonas prohibidas deberán ser relocalizadas en un plazo determinado. Aún mejor sería si se cuentan con algún estudio o análisis efectuado de la Ciudad de Bahía Blanca en donde podrían reinstalarse dichas antenas sin que se afecte la salud ni el servicio de comunicación de todos los ciudadanos.
    Por otro lado, debo resalta que es muy buena esta iniciativa de la Municipalidad al permitir que personas que no somos del Municipio de Bahía Blanca podamos comentar nuestra experiencia sobre el tema y así ustedes utilizarlo para tener una ordenanza realmente útil y aplicable.

  6. Romano Horacio Jose

    La relación entre radiaciones electromagnéticas no ionizantes y cáncer ,(además de otros problemas de salud no menores como son trastorno de sueño, memoria, depresión, alteraciones cardiacas, fertilidad,etc ) es un peligro concreto que la epidemiologia trata de dejar en evidencia, lo cual no es fácil al hablar de causa-efecto de manera lineal ya que debería definirse como un sistema complejo, con todo lo que ello implica .
    En el año 2011 y basado en la revisión de cientos estudios el Grupo de Trabajo convocado por la IARC (Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer) examinó cientos de artículos científicos entre otros el estudio Interphone y concluyo:
    Lyon, Francia, 31 de mayo de 2011 :La OMS (Organización Mundial de la Salud) y la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) han establecido que los campos electromagnéticos de radiofrecuencia son posiblemente carcinógenos para los seres humanos (Grupo 2B), basándose en la mayor probabilidad de padecer glioma, un tipo de cáncer cerebral de tipo I, asociado al uso de los teléfonos móviles.
    El Informe del Grupo de Trabajo de Neuro Oncología de la Sociedad Neurológica Argentina expresa: Desde que la OMS-IARC introdujo a los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como posiblemente carcinógenos para los humanos, se sumaron otros estudios que mostraron un incremento en el riesgo de desarrollar gliomas, meningiomas y neurinoma del acústico (schwannoma).Otros órganos y sistemas del cuerpo humano posiblemente afectados son testículos, mamas, glándulas salivales y ojos.
    Es interesante decir que los más afectados de muchos de estos estudios recibieron niveles de radiación menores a los que a diario nosotros toleramos y que el uso del teléfono móvil en esta población observada fue de un uso diario de 30 minutos en los últimos 10 años.
    Por ultimo dejar expresado que las distancias mínimas a lugares como colegios, hospitales, recreación, etc no alcanza con que no estén en el lugar, ni al lado porque si está bien establecido que la distancia de 100 metros como mínimo es un postulado defendido por muchas legislaciones y avalado por artículos europeos que investigaron problemas de salud (neurológicos, psiquiátricos, cardiovasculares y cáncer) en las poblaciones cercanas a Antenas y concluyen que este tipo de patologías esta aumentada en un radio mayor incluso a los 100 m llegando a 300 o 400 m.
    A continuación alguna de las citas bibliográficas que avalan lo antes expresado dejando claro que solo menciono alguna de las cientos que existen.
    .Carcinogenicity of radiofrequency electromagnetic fields. Lancet Oncol 2011;12:624-6.
    . IARC. IARC monographs on the evaluation of carcinogenic risks to humans, vol 102. Non-ionizing radiation, part II: radiofrequency electromagnetic fields. Lyon: International Agency for Research on Cancer, p. 28 (Last update: April 2015).
    . INTERPHONE Study Group. Brain tumour risk in relation to mobile telephone use: results of the INTERPHONE international case-control study. Int J Epidemiol. 2010;39:675-94.
    . Hardell L, Carlberg M, Hansson Mild K. Re-analysis of risk for glioma in relation to mobile telephone use: comparison with the results of the Interphone international case-control study. Int J Epidemiol. 2011;40:1126-8.
    . Cardis E, Armstrong BK, Bowman JD, Giles GG, Hours M, Krewski D, et al Risk of brain tumours in relation to estimated RF dose from mobile phones: results from five Interphone countries. Occup Environ Med. 2011;68:631-40.
    . West JG, Kapoor NS, Liao SY, Chen JW, Bailey L, Nagourney RA. Multifocal Breast Cancer in Young Women with Prolonged Contact between Their Breasts and Their Cellular Phones. Case Rep Med. 2013;2013:354682. doi: 10.1155/2013/354682. Epub 2013 Sep 18..
    .Sadetzki S, Chetrit A, Jarus-Hakak A, Cardis E, Deutch Y, Duvdevani S, et al. Cellular phone use and risk of benign and malignant parotid gland tumors. A nationwide case-control study. Am J Epidemiol.2008; 167:457-

    .Al-Qahtani K. Mobile Phone Use and the Risk of Parotid Gland Tumors: A Retrospective Case-Control Study. Gulf J Oncolog. 2016;20:71- . Stang A, Anastassiou G, Ahrens W, Bromen K, Bornfeld N, Jöckel KH. The possible role of radiofrequency radiation in the development of uveal melanoma. Epidemiology. 2001;12:7-12. .Morgan LL, Miller AB, Sasco A, Davis DL. Mobile phone radiation causes brain tumors and should be classified as a probable human carcinogen (2A). Int J Oncol. 2015 May;46(5):1865- .Horst Eger, Klaus Uwe Hagen, Birgitt Lucas, Peter Vogel, Helmut Voit.The Influence of Being Physically Near to a Cell Phone Transmission Mast on the Incidence of Cancer . Umwelt•Medizin•Gesellschaft 17,4 2004, .G Oberfeld, AE Navarro, M Portoles, C Maestu The microwave syndrome—further aspects of a Spanish study- Biological Effects of, 2004 .http://www.apdr.info/electrocontaminacion/Documentos/Investigacion. .Adilza C.DodeabeMônica M.D.LeãocFrancisco de A.F.TejodAntônio C.R.GomeseDaiana …Mortality by neoplasia and cellular telephone base stations in the Belo Horizonte municipality, Minas Gerais state, Brazil. Science of The Total Environment Volume 409, Issue 19, 1 September 2011, Pages 3649-3665. .Santini R , Santini P , Danze JM , Le Ruz P , Seigne.Investigation on the health of people living near mobile telephone relay stations: I/Incidence according to distance and sex .M Pathologie-biologie [01 Jul 2002, 50(6):369-373. .G Abdel-Rassoul, OA El-Fateh, MA Salem, A Michael Neurobehavioral effects among inhabitants around mobile phone base stations … – Neurotoxicology, 2007 – Elsevier

  7. Es preciso destacar que la discusión de posibles lugares sensibles, fue superada por los organismos responsables de temas medioambientales (OMS en el ámbito mundial y OPDS en la Provincia de BA) mediante contrastaciones empíricas, no habiéndose encontrado evidencias científicas de efectos nocivos para la salud, de los sistemas de comunicaciones.
    Este artículo no permite el despliegue porque bloquea extensas zonas de cobertura. El servicio debe brindarse, conforme al pliego de bases y condiciones, en todo el partido de Bahía Blanca por lo cual esta clasificación condiciona la cobertura conforme a lugares en los que se restringe el servicio, sin fundamentos técnicos que avalen la limitación.
    Entendemos que la facultad de policía local no es aplicable en este caso, ya que no se encuentra sustento en razones de salubridad ni ambiental para restringir la prestación de la actividad.

    La restricción al servicio que se plantea, no encuentra sustento científico en que los edificios puedan sufrir menoscabo en la construcción de las obras civiles, como así tampoco de la actividad de la radiobase. Como alternativa, podría preverse la obligación de presentar planes de mimetización para asimilar las eventuales estructuras al entorno en los casos que ello fuera posible, sin bloquear la conectividad.

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