Audiencia Pública
La audiencia pública para considerar la Ordenanza referida a “Instalación de Antenas de Telefonía Celular”. se realizará el día 13 de diciembre de 2017 a las 9 horas en el Concejo Deliberante de Bahía Blanca, Sarmiento 12.
Para registrarse como participante, expositor o para realizar preguntas, es necesario inscribirse haciendo clic aquí.
CONVOCATORIA
VISTO
El Decreto Nº 102/2017, aprobado por este H. Cuerpo, por el que se convoca a la realización de una Audiencia Pública, para considerar el proyecto de ordenanza referida a la “Instalación de Antenas de Telefonía Celular”, el Presidente del H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
DECRETA
Artículo 1º – Convóquese a AUDIENCIA PUBLICA, para el día 13 de Diciembre de 2.017, a las 9 Hs., para considerar el proyecto de ordenanza referido a la “Instalación de Antenas de Telefonía Celular”, que se llevara a cabo en el Recinto de este H. Cuerpo, sito en calle Sarmiento nº 12 de la ciudad de Bahía Blanca.
Artículo 2º – Apruebase la Reglamentación para la Audiencia Pública y su Anexo “I”, señalada como se indica en el artículo 1º, que se adjunta al presente Decreto.
Artículo 3º – Comuníquese, dese a los medios de comunicación e insértese en el Registro de Decretos de la Presidencia.
Bahía Blanca, 17 de Noviembre de 2.017.
PAUTAS REGLAMENTARIAS “AUDIENCIA PUBLICA”
13 de Diciembre de 2.017, para considerar el proyecto de Ordenanza referido a la INSTALACION DE TELEFONIA CELULAR.
- Registros:
Se abrirán tres Registros:
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Registro de Participantes: A los fines de poder asistir a la Audiencia, el interesado deberá inscribirse en este Registro, acreditando identidad y, en su caso, entidad a la que representa. Se abre el 22 de Noviembre hasta el 5 de diciembre de 2.017
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Registro de Expositores: En ese mismo acto el participante, en caso que pretenda hacer uso de la palabra durante la audiencia, deberá anotarse en el Registro abierto al efecto. Se abre el Se abre el 22 de Noviembre hasta el 5 de diciembre de 2.017
-
Registro de Preguntas: Se podrán presentar preguntas por escrito con el fin de ser remitidas con anticipación a los responsables del proyecto. Se abre el Se abre el 22 de Noviembre hasta el 5 de diciembre de 2.017
- Las inscripciones se recibirán en una dependencia dispuesta específicamente en el Honorable Concejo Deliberante, en las fechas indicadas en el punto anterior. Allí constarán las Registraciones y estará a disposición la documentación existente referida al proyecto, para su consulta. Además se hará entrega de la presente Reglamentación y del texto de la Ordenanza de Audiencias Públicas 14.253. También se podrán realizar la inscripciones de manera online en bahia.gob.ar/dialogos/antenas, donde se podrá descargar la documentación existente referida al proyecto, la presente Reglamentación y del texto de la Ordenanza de Audiencias Públicas 14.253.
- La audiencia se desarrollará con la asistencia de un facilitador que tendrá como facultad, conjuntamente con el Sr. Presidente de la Comisión de Control y Preservación del Medio Ambiente, coordinar y encausar el uso de la palabra de expositores y de quienes formulen preguntas y las contesten.
- La apertura y dirección de la Audiencia estará a cargo del Presidente del Honorable Concejo Deliberante. Acto seguido se dará el uso de la palabra para la exposición de los proyectos y obras a los responsables del mismo; a tal fin dispondrán de un tiempo aproximado de 60 minutos. A continuación podrán hacer uso de la palabra los organismos públicos con injerencia en el tema.
- Cuarto intermedio de quince minutos en la que se recabarán las preguntas que los participantes hayan elaborado por escrito durante el desarrollo de la audiencia. Las preguntas deberán contener los datos de la persona y/o entidad que representa que formula la pregunta y a quién va dirigida.
- Apertura de la lista de oradores registrados como expositores, el uso de la palabra se dará siguiendo el orden en que se hayan inscripto y contarán con un tiempo máximo de exposición de 10 minutos. Este tiempo y la exposición podrán ser regulados por el facilitador; el expositor podrá dejar en la presidencia documentación complementaria referida a su exposición.
- Lectura de las preguntas escritas recogidas durante el cuarto intermedio y respuesta de las mismas por parte de la entidad a quien haya sido dirigida. Se dará la posibilidad a quien haya formulado la pregunta a que requiera clarificación. Cierre de la audiencia por parte del Sr. Presidente.
Decreto Nº 102/2017
VISTO
El Proyecto de Ordenanza enviado por el D. Ejecutivo a este H. Concejo Deliberante (Expte.152-5072/2017), referido a instalación de Antenas de Telefonía Celular, que reemplazará a la Ordenanza nº 17.130, y su modificatoria, y
CONSIDERANDO
Que según se establece en el citado Proyecto, el mismo surge a raíz de la necesidad de implementar un sistema jurídico que regule la materia razonable y clara, ajustada a la situación local actual.
Que a nivel local se encuentra vigente la Ordenanza 17.130 que fue sancionada oportunamente con el objeto de regular la instalación de estructuras soportes de antenas de telefonía celular a los fines de prevenir y controlar la generación de impactos ambientales y visuales negativos, estableciendo requisitos tecnológicos mínimos de cumplimiento obligatorio para las instalaciones y la prohibición de otros en el área urbana.
Que es indispensable llevar a cabo una revisión y actualización de la normativa vigente con el fin de garantizar la seguridad de los vecinos en aspectos competenciales propios del ejercicio de poder de policía municipal y definir mecanismos para una ágil gestión y obtención de la Prefactibilidad de Localización y Permiso de Obra o Registración de la Estructura.
Que la ordenanza nº 14.253 de Audiencias Públicas en Materia Ambiental prevé la convocatoria a Audiencia Pública con el objeto de analizar proyectos cuya ejecución sea susceptible de generar efectos significativos para el ambiente.
Que dado que la norma propuesta por el D. Ejecutivo se encuadra dentro de los supuestos enunciados en la Ordenanza nº 14.253, se sugiere la pronta sanción del presente proyecto para la convocatoria a la correspondiente Audiencia Pública.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
DECRETA
Artículo 1º – Convoquese a la realización de una Audiencia Pública en el ——————- Recinto de este Honorable Concejo Deliberante, para considerar la Ordenanza referida a “Instalación de Antenas de Telefonía Celular”.
Artículo 2º – Deléguese a la Presidencia de este Honorable Cuerpo a fijar fecha y —————– hora y demás requisitos e invitar a distintos sectores que considere para la Audiencia Pública referida, debiendo respetar el Artículo 8º, de la Ordenanza nº 14.253 de Audiencias Públicas en Material Ambiental.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.