Fiscalización/Inspecciones
Artículo 14. Sobre fiscalización/inspecciones.
- No obstante ser competencia provincial y nacional conforme Resolución 87/13 OPDS y 202/95 CNC, la Secretaría de Gestión Ambiental y la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano de este Municipio controlarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, el correcto cumplimiento de la totalidad de las condiciones bajo las cuales los permisos fueron otorgados.
- Si el resultado de los controles realizados evidenciare la falta de cumplimiento de las normas establecidas, previa intimación del permisionario, se procederá a suspender el permiso otorgado para la instalación.
- En caso de mediar denuncias o ante sospechas sobre inadecuadas condiciones de funcionamiento de un sistema irradiante, el municipio elevará la denuncia al Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible.
- Anualmente, la Secretaría de Gestión Ambiental solicitará al Ente Nacional de Comunicaciones y al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, por medio de notificación fehaciente, la realización de mediciones específicas de modo de asegurar el cumplimiento de los límites de exposición previstos en la actual normativa.
3 comentarios en “Fiscalización/Inspecciones”
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En Corrientes se establece que el municipio podrá solicitar la realización de mediciones in situ luego de la activación del equipo, por sí o a través de organismos públicos o privados competentes, a costa del propietario u operador, en caso de denuncia….
En el caso del municipio de Posadas Misiones, se prevé que el permisionario deberá presentar semestralmente un informe técnico sobre el estado de la estructura soporte y mediciones de campo, con dichos datos elaborar un mapa de radiaciones identificando lugares sensibles y puntos calientes que requieran protección especial. Los costos de dichas tareas son a cargo del permisionario y los datos deberán ser puestos a disposición del publico en la pagina web del municipio. (Art. 12 Ordenanza XVII- Nº 15 Anexo III. Ciudad de Posadas Misiones).
Entendemos que no deberían superponerse las competencias.