Ordenanza 4508

Determínase la ubicación de las cocheras, garajes y afines en el partido de Bahía Blanca, según determinadas zonas.

ORDENANZA Nº 4508

ORDENANZA Nº 4508

Título: Determínase la ubicación de las cocheras, garajes y afines en el partido de Bahía Blanca, según determinadas zonas.

Tema:

Expediente H.C.D.: 453-1986

Expediente M.B.B.:

Fecha de Sanción: 14 de Agosto de 1986

Fecha de Promulgación: 28 de Agosto de 1986

Decreto de Promulgación Nº:

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza:

ORDENANZA

Artículo 1º- Determínase la ubicación de las cocheras, garajes y afines en el partido de Bahía Blanca, según las siguientes zonas:

  1. Zona I, Microcentro: El área delimitada por las calles: Villarino, General Paz, Dorrego, Zapiola, Caronti, Blandengues, Castelli y Berutti.
  2. Zona II, Macrocentro: El área delimitada por las calles: Perú, Charlone, Sixto Laspiur, Chile y Vías del Ferrocarril con exclusión de la Zona I.
  3. Zona II, Barrios: Las restantes áreas del partido de Bahía Blanca.

Artículo 2º- Clasifícanse las cocheras, garajes y afines ubicados en cualquiera de las zonas comprendidas en el artículo 1º en:

  1. Cubiertas
  2. Semicubiertas
  3. Descubiertas

Las mismas podrán revestir las siguientes características:

  1. Fijas: Espacio permanente cedido para la guarda de cualquier tipo de automóviles.
  2. Móviles: Aquellos lugares en los cuales se exige el depósito de las llaves para eventuales cambios de ubicación.

Para este caso los automotores se discriminarán en:

  1. Chicos
  2. Medianos
  3. Grandes
  4. Camionetas

Artículo 3º- Autorízase al D. Ejecutivo a requerir de la Secretaría de Comercio e Industria de Provincia de Buenos Aires la fijación de valores locativos para las cocheras, garajes y afines en función a la clasificación establecida en los artículos precedentes.

Artículo 4º- De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.


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