Título: Reserva Natural Costera Municipal.
Tema:
Expediente
H.C.D.: HCD-1253-2005
Expediente
M.B.B.: 0/00-7392-1998
Fecha
de Sanción: 24 de mayo de 2006.
Fecha
de Promulgación:
Decreto
de Promulgación Nª
Derogada
por la Ordenanza:
Modificada
por la Ordenanza:
ORDENANZA
Artículo
1º - Declárase Reserva Natural Costera
Municipal de Objetivo Definidos según Ley 12459/00, a los terrenos municipales
y a los ganados al mar sobre el frente marítimo, con superficie aproximada de
319 has y con nomenclatura catastral: Circunscripción 14, Parcela 001561 B,
Partida 077851.
Artículo
2º - El Ejecutivo estará facultado para realizar todo tipo de gestiones
tendientes a la incorporación de nuevas tierras a la reserva, como así mismo
para la búsqueda de fuentes externas, para el financiamiento de distintas
actividades.
Artículo
3º - Podrán realizarse convenios de cooperación con organizaciones
conservacionistas y/o ambientalistas para el mejor cumplimiento de los
objetivos propuestos para esta reserva.
Artículo
4º - La Municipalidad de Bahía Blanca asignará una partida de su presupuesto
para respaldar la implementación y el funcionamiento de la Reserva.
Artículo
5º - La Subsecretaría de Gestión Ambiental, a través de los organismos
correspondientes, procederá a convocar a especialistas para conformar una
comisión asesora para la implementación de la reserva.
Artículo
6º - La Comisión mencionada en el artículo anterior tendrá a cargo, entre sus
funciones, diseñar el Plan de Manejo correspondiente, recomendar las figuras
legales que mejor encuadren para la protección de esta reserva, zonificar el
área en base a los objetivos para lo cual fue creada, proponer estudios e
investigaciones y colaborar en el diseño de programas de educación ambiental.
Artículo
7º - Denomínase al área protegida con el nombre de Reserva Natural Costera de
Bahía Blanca extendiéndose este nombre a los terrenos que en un futuro se
incorporen a la misma.
Artículo
8º - El Departamento de Planeamiento Urbano tomará nota de la presente, a los
efectos de incluir la Reserva en los mapas y planos de nuestra ciudad.
Artículo 9º - La autoridad competente y el poder de policía dentro del área lo ejercerá la Municipalidad de Bahía Blanca.
Artículo
10º - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS
VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SEIS.