Ref: Exp. 1-0-7933-2024
BAHÍA BLANCA, 05 de Septiembre del 2024.VISTO la nota presentada por la empresa BAHÍA AMBIENTAL SAPEM, en la cual solicita un Aporte Irrevocable de Capital por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES ($175.000.000.-), en los términos del artículo 5° de la Ordenanza 15.188; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza 15.188, en su artículo 5º autoriza al Departamento Ejecutivo “a efectuar aportes de capital en el acto de constitución o con posterioridad a él hasta la suma aprobada en el presupuesto de gastos.”;
Que la firma BAHÍA AMBIENTAL SAPEM, a fojas 1 da cuenta de la necesidad de afrontar algunos gastos extraordinarios para el óptimo funcionamiento de la empresa, y brindar mejores servicios a la ciudadanía en general del Partido de Bahía Blanca;
Que la empresa, a fin de contribuir con la Campaña de Fumigación que realiza la Municipalidad de Bahía Blanca, a través de la Subsecretaría de Ambiente, en conjunto con las dependencias técnicas correspondientes, con el objetivo de reducir las poblaciones de mosquitos transmisores de Dengue, Chikungunya y Zika; va a adquirir un Camión Fumigador, marca Iveco, modelo Tector Evo, equipado con un Equipo de Fumigación, un Grupo Electrógeno, un Turbión, y un Tanque de 7000 litros, el cual será destinado exclusivamente a la fumigación en Espacios Verdes y Espacios Públicos, localizados en diversos sectores del Partido de Bahía Blanca;
Que con el fin de afrontar los gastos descriptos anteriormente solicitan un Aporte Irrevocable de Capital, el cual asciende a la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES ($175.000.000.-);
Que, a los efectos de dar curso a lo solicitado, la firma ha adjuntado en el presente expediente la pertinente documentación complementaria y respaldatoria, para un mejor análisis de la necesidad del mencionado Aporte Irrevocable de Capital;
Que siendo el Estado Municipal accionista mayoritario de la mencionada Empresa, entiende que dicha operatoria no reviste mayor riesgo económico, toda vez que la contribución dineraria se vea reflejada en la óptima calidad y correcta prestación de los servicios, siempre que estos estén absolutamente vinculados con el objeto social, y cumplan con las tareas encomendadas por la Municipalidad de Bahía Blanca;
En virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Letrada, el informe de la Secretaría de Economía, y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y de la Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º)- Otórguese un Aporte Irrevocable de Capital a la empresa BAHÍA AMBIENTAL SAPEM, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES ($175.000.000.-), en los términos del artículo 5º de la Ordenanza 15.188, el que será abonado mediante Orden de Pago y Transferencia Bancaria efectuada por la Contaduría General.-
ARTICULO 2°)- El Aporte Irrevocable de Capital otorgado en el artículo precedente debe imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110123000, Categoría Programática. 20.01.00, Gasto 6.1.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 3°)- Cúmplase, notifíquese a BAHÍA AMBIENTAL SAPEM, tomen nota Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General; dése al Registro Oficial; hecho: ARCHÍVESE.-