Ref: Exp. 1-210-11167-2017-00-00
BAHÍA BLANCA, 27 de Mayo del 2022.VISTO
Estas actuaciones, por la cuales este gobierno ha adoptado medidas de austeridad mediante el dictado del Decreto 2607/2017;
Y CONSIDERANDO:
Que los fundamentos expresados en dicho acto se mantienen inalterables, subsistiendo la voluntad política de este gobierno de conservar y desarrollar los nuevos proyectos emprendidos por esta gestión, orientados a fortalecer las acciones desplegadas en materia social, educativa y de seguridad, entre otras.
Que en ese marco, adquiere relevancia la asignación de los recursos públicos haciendo foco en las prioridades de la gestión, actuando con suma racionalidad en la disposición de los gastos e inversiones, generando las economías y ahorros que resulten posibles, respondiendo de esta forma al esfuerzo que realiza la Comunidad de Bahía Blanca.
Que el Municipio de Bahía Blanca mediante Ordenanza N 19217 adhirió a la Ley Provincial Nº 14.984 (modificada por Ley 15.036) referida al Régimen de Responsabilidad Fiscal Municipal establecido en la Ley Nº 13.295, que tiene entre sus metas controlar el incremento del empleo público con el propósito de que la planta de personal no crezca en proporciones mayores que el crecimiento de la población bahiense.
Que en mérito de lo expuesto, se requiere un compromiso de las autoridades y funcionarios para el cumplimiento de sus objetivos, dentro de un marco de austeridad y responsabilidad en la utilización de los recursos públicos, lo cual concurre a mantener la sustentabilidad económica de la gestión Municipal y de esta forma, garantizar a la Comunidad el acceso a los bienes y servicios públicos municipales.
Que en consecuencia, se considera pertinente la implementación de medidas de contención del gasto y austeridad en la asignación de recursos a fin de mantener la sustentabilidad económica de la gestión; ello sin desmedro de la garantía del acceso a los bienes y servicios públicos municipales por parte de la Comunidad.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
- D E C R E T A –
PRIMERO: Suspéndase los ingresos a la planta de personal municipal, así como la cobertura de cargos vacantes y aumentos de ampliaciones horarias, entre el 27 de mayo de 2022 y el 31 de marzo de 2023 en los términos y condiciones del presente.
SEGUNDO: Establézcase que las vacantes de cargos de jefatura producidas por jubilación o renuncia podrán cubrirse con la designación de un agente a la posición vacante, subsistiendo respecto de la cobertura de este último la limitación prevista en el artículo PRIMERO.
TERCERO: Exceptúase de la suspensión establecida por el artículo PRIMERO los ingresos de personal con destino a la cobertura de aquellos puestos que resulten imprescindibles para la prestación de servicios y bienes públicos esenciales a la comunidad y/o para garantizar el normal y eficaz funcionamiento de la Administración Municipal.
La pertinencia de la excepción será analizada y deberá contar con la conformidad del Secretario General, el Secretario de Gobierno y el Secretario de Economía, previa justificación del área que requiere la incorporación. El informe respectivo será puesto a disposición del Intendente para su convalidación.
CUARTO: Refrendan el presente decreto los Sres. Secretarios General y de Economía.
QUINTO: Cúmplase, publíquese, notifíquese, dése al R.O, tomen nota la totalidad de las Secretarías Municipales, y por su intermedio comunique a todas las dependencias. ARCHIVESE.-