Decreto 4952/2023

ORGANIGRAMA MUNICIPAL

Ref: Exp. 1-110-11760-2023

BAHÍA BLANCA, 12 de Diciembre del 2023.

Visto el inicio de un nuevo período de gobierno democrático, según lo establecido en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; atento a lo dispuesto en el Capítulo IV, Apartado II, Artículo 178º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y

CONSIDERANDO

Que esta nueva etapa de la gestión pública municipal se inicia con la convicción de crear un futuro que refleje una transformación de la administración municipal, haciéndola más eficiente y colaborativa, lo cual permita el desarrollo sostenible de la comunidad.

Que para materializar ese ideal, se adecuará la estructura orgánica y funcional de la administración municipal, mediante la creación de cuatro agencias y un instituto del deporte que abarcarán las temáticas más importantes de este nuevo gobierno, de manera interconectada y participativa.

Que las agencias se erigen como pilares fundamentales en el camino hacia un desarrollo equitativo, sostenible y participativo de Bahía Blanca,  representando una respuesta ambiciosa a los desafíos actuales y futuros que deberán enfrentarse en distintos aspectos de la vida urbana, concibiéndose  cada una de las ellas como un motor de cambio, diseñado para abordar de manera innovadora las necesidades de los vecinos y vecinas.
Que a través de ellas se pretende alcanzar un desarrollo integral que fomente la prosperidad económica, el bienestar social, la sostenibilidad ambiental y la seguridad, convirtiéndose cada agencia  en un catalizador para las acciones tangibles y  los resultados concretos.
Que, por otra parte,  a través de la creación del Instituto del Deporte se trabajará fuertemente en la promoción del deporte como medio de socialización y mejoramiento de la salud, potenciando a  los deportistas de alto rendimiento y a las instituciones y asociaciones deportivas de la ciudad.
Que a tales efectos, resultando necesario adecuar las estructuras municipales actuales en pos de los objetivos antes mencionados, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
 
D E C R E T A
 
ARTICULO 1º)- Créase, a partir del día de la fecha, la Jefatura de Gabinete y Gobierno  la que tendrá como responsabilidad primaria la coordinación de todas las secretarías y estructuras funcionales del Departamento Ejecutivo Municipal, asistiendo a los auxiliares que en ellas se designen, propendiendo a mejorar la organización, el  funcionamiento y la modernización de la administración pública municipal.
ARTICULO 2º)-  Créase, a partir del día de la fecha, la Unidad Intendencia la que tendrá como responsabilidad primaria la gestión de las relaciones institucionales, destacándose los temas inherentes a los derechos humanos, las políticas de género y discapacidad, mediante diferentes mecanismos de comunicación pública que fortalezcan el vínculo del Municipio con las entidades no gubernamentales y los organismos públicos, como también con la comunidad en general.
ARTICULO 3º)- Créase, a partir del día de la fecha, la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat, la que tendrá como responsabilidad primaria promover un entorno más sustentable y una sociedad próspera, a partir del diseño e implementación de estrategias que fomenten la preservación del medio ambiente, el bienestar de la comunidad, el desarrollo humano inclusivo y el fortalecimiento de la unión social.
ARTICULO 4º)-  Créase, a partir del día de la fecha, la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo, la que tendrá como responsabilidad primaria el desarrollo económico sostenible, la generación de empleo y el crecimiento urbano planificado de la ciudad.
ARTICULO 5º)- Créase, a partir del día de la fecha, la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta Inmediata, la que tendrá como responsabilidad primaria garantizar  la seguridad ciudadana, la prevención y respuesta eficaz en situaciones de emergencia y crisis a través de la coordinación entre diferentes organismos y sectores involucrados en la gestión de este tipo de situaciones que salvaguarden la vida y el bienestar de las y los ciudadanos.
ARTICULO 6º)- Créase, a partir del día de la fecha, la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación Ciudadana, la que tendrá como responsabilidad primaria promover un desarrollo territorial equilibrado y una mayor  participación ciudadana en la toma de decisiones, que impulsen un desarrollo equitativo en todas las áreas de la ciudad, empodere a los barrios y fortalezca la democracia participativa.
ARTICULO 7º)- Créase,  a partir del día de la fecha, el Instituto del Deporte, el que tendrá como responsabilidad primaria acercar el deporte a la comunidad, promoviendo distintas disciplinas deportivas en los barrios, colaborando con los atletas de la ciudad, capacitando y teniendo un fuerte compromiso de trabajo con clubes e instituciones afines para potenciar su desarrollo, y en consecuencia, lograr la integración social y comunitaria, promoviendo la socialización, la diversión y la salud.
ARTICULO 8º)- Disponer que, a partir del día de la fecha, el Instituto Cultural mantendrá su estructura organizativa, teniendo como responsabilidad primaria el fomento de la creatividad, la expresión artística y el acceso igualitario a la cultura, mediante el cumplimiento de las ordenanzas vigentes.
ARTICULO 9º)- Disponer que, a partir del día de la fecha, la Secretaría de Economía mantendrá su estructura organizativa, teniendo como responsabilidad primaria la gestión del presupuesto de gastos y cálculo de recursos, mediante el cumplimiento de la legislación vigente en la materia.
ARTICULO 10º)- Modifícase a partir del día de la fecha la denominación de la  Secretaría de Infraestructura por la de Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la que tendrá como responsabilidad primaria llevar adelante las políticas públicas de mejoras y mantenimiento de la infraestructura y los servicios de la ciudad, con el objetivo de brindar un mayor bienestar a la comunidad.
ARTICULO 11º)- Cúmplase, notifíquese, publíquese, tomen nota Departamento de Administración de Personal, demás dependencias que correspondan, dese al R.O.y ARCHÍVESE.-