Ref: Exp. 1-110-3788-2020
Bahía Blanca, 6 de agosto de 2020
Visto que la Asamblea de Naciones Unidas de la Organización de las Naciones Unidas adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Y que en septiembre de 2015, 193 jefes de Estado y de Gobierno se reunieron en la histórica Cumbre del Desarrollo Sostenible en la que aprobaron la Agenda 2030 y determinaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Considerando
Que la Agenda 2030 trabaja en 5 dimensiones, a saber:
Personas: eliminar la pobreza y el hambre en todas sus formas y dimensiones, asegurar que todos los seres humanos puedan desarrollar todo su pontencial con dignidad, igualdad y en un ambiente sano.
Planeta: proteger la degradación mediante el consumo y la producción sostenible, la gestión sostenible de recursos naturales y la adopción de medidas urgentes contra el cambio climático, para soportar las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
Prospetidad: asegurar que todos puedan disfrutar de una vida próspera y plena, y que el progreso económico social y tecnológico se produzca en armonía con la naturaleza.
Paz: fomentar sociedades de paz, justas e inclusivas, libres de miedo y violencia. No puede haber desarrollo sostenible sin paz, ni paz sin desarrollo sostenible.
Alianzas: movilizar los medios necesarios para poner en práctica este programa a través de una alianza mundial revitalizada bajo el fortalecimiento de la solidaridad mundial y con la participación de los gobiernos nacionales y subnacionales; todos los sectores privados, académicos y civiles; todos los grupos de interés y todas las personas.
Que las 5 dimensiones se definen en 17 Objetivos para el Desarrollo Sostenible, a saber:
Fin de la pobreza.
Hambre Cero.
Salud y Bienestar.
Educación de Calidad.
Igualdad de Género.
Agua Limpia y Saneamiento.
Energía Asequible y No contaminante.
Trabajo Decente y Crecimiento Económico.
Industria, Innovación e Infraestructura.
Reducción de las Desigualdades.
Ciudades y Comunidades Sostenibles.
Producción y Consumo Responsable.
Acción por el Clima.
Vida Submarina.
Vida de Ecosistemas Terrestres.
Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
Alianza para Lograr los Objetivos.
Que Argentina asumió los compromisos internacionales ante la comunidad internacional a partir de su adhesión de la Agenda 2030.
Que el año 2020 ha sido declarado por la Organización de las Naciones Unidas como “La Década de Acción de los ODS” con el fin de que los gobiernos, organizaciones y actores individuales aceleren los procesos necesario para solucionar los principales retos que enfrenta la población mundial.
Que las Naciones Unidas reconocen a los gobiernos locales como los grandes impulsores de la implementación de la Agenda 2030 por su territorial y ciudades del mundo se han suman al llamado.
Que las políticas públicas que se llevan a cabo en el gobierno local tienen como objetivo el diseño y construcción de Bahía Blanca como una ciudad moderna, pensada a futuro, sostenible y productiva.
Que uno de los ejes principales del gobierno local es la promoción de la participación ciudadana para fomentar e impulsar el compromiso ciudadano individual y colectivo, como de acciones que activen los procesos de inteligencia colectiva en la búsqueda de objetivos, metas e ideas concretas que tengan como objetivos soluciones innovadoras frente a problemáticas de la ciudad.
Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA
Artículo 1: Créase el Programa "ODS Bahía 2030" con el objeto de implementar acciones y políticas locales tendientes al cumplimiento de los Objetivos para el Desarrollo Sostenible aprobados por la Asamblea de Naciones Unidas de la ONU en la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Artículo 2: Créase la "Red Municipal de Promotorxs ODS Bahía 2030", la cual estará integrada por trabajadoras y trabajadores del Municipio de Bahía Blanca que tengan intenciones de trabajar en políticas públicas vinculadas a las temáticas de los objetivos para el desarrollo sostenible.
Artículo 3: OBJETIVOS / Llevar adelante las acciones que sean necesarias para dar a conocer la Agenda 2030 tanto en el ámbito gubernamental como en los sectores sociales, académicos, políticos y económicos locales;
Establecer la priorización de los ODS y metas que se trabajarán en nuestra ciudad;
Capacitar a funcionarios y trabajadores municipales para la implementación de los ODS2030 en las respectivas áreas y secretarías en relación a las temáticas;
Trabajar en sinergia con los diferentes sectores de la ciudad y actores referentes público y privado para implementar la Agenda2030;
Convocar a la ciudadanía para sumarse a la acción y diseñar colaborativamente metodologías de implementación de los ODS2030 en Bahía Blanca;
Establecer las alianzas necesarias, tanto en el ámbito local como provincial y nacional que permitan la colaboración e impulso de la Agenda 2030;
Formar parte de la Red Internacional de Promotores de la Agenda 2030;
y llevar adelante los proyectos y programas que considere necesarios para el cumplimiento de los ODS.
Artículo 4: COORDINACIÓN / La coordinación y autoridad de aplicación del Programa "ODS Bahía 2030" y de la "Red Municipal de Promotorxs ODS Bahía 2030", será el Lab.Bahía (laboratorio para la participación ciudadana y la innovación democrática), dependiente de la actual Dirección General de Comunicación, Innovación Pública y Transformación Digital, y aquellas áreas que en el futuro la reemplacen.
Artículo 5: ALCANCE / La Municipalidad de Bahía Blanca podrá ampliar todas las acciones y alcances del Programa "ODS Bahía 2030" y de la "Red Municipal de Promotorxs ODS Bahía 2030" en la medida en que la implementación de la misma lo amerite.
Artículo 6: Cúmplase, publíquese, tomen notas todas las Secretarías del Municipio y Jefatura de Gabinete; dése al R.O. y ARCHIVESE.